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Taxi, van de pasajeros y auto estacionados en una calle, con un hombre revisando documentos y la cordillera al fondo.

Normativa de transporte de pasajeros en Chile en 2026

Por Probenefit

La normativa de transporte de pasajeros en Chile depende del servicio que prestas. Los taxis se rigen por el Decreto Supremo 212, que el Decreto 94 modificó en 2026; el traslado de trabajadores y los viajes turísticos privados, por el Decreto Supremo 80, que exige un seguro para quienes conducen; y las aplicaciones de transporte, por la Ley 21.553, cuya vigencia depende de su reglamento.

Una van que traslada trabajadores, un taxi colectivo y un auto que opera con aplicaciones transportan pasajeros, pero no cumplen las mismas reglas. Aquí te contamos lo esencial, sin complicaciones.

¿Qué normativa de transporte de pasajeros rige cada servicio en Chile?

Depende de si el servicio es público o privado. El transporte público remunerado de pasajeros es el que se ofrece a cualquier persona que lo pague, como los taxis y colectivos. El transporte privado remunerado es el que se presta a un grupo determinado de personas, como el traslado de trabajadores de una empresa o un viaje turístico contratado.

Servicio Norma que lo regula
Taxis básicos, colectivos y de turismo Decreto Supremo 212 de 1992, modificado por el Decreto 94 de 2026
Traslado de trabajadores y viajes turísticos privados Decreto Supremo 80 de 2004
Autos que operan con aplicaciones Ley 21.553, cuando entre en vigencia
Todo vehículo motorizado Ley 18.490 (SOAP)

Mientras la Ley 21.553 no entre en vigencia, la Contraloría General de la República ha señalado que el transporte remunerado de pasajeros sigue regido por los decretos 212 y 80 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (Dictamen E189392N25, de noviembre de 2025).

¿Qué cambió para los taxis en 2026?

El Decreto 94 de 2026, publicado en el Diario Oficial el 13 de octubre de 2026, modificó el DS 212 en tres materias: antigüedad, cilindrada y capacidad de los taxis. Estos son los principales cambios:

  • Los vehículos pueden tener hasta 5 años de antigüedad para su primera inscripción como taxi.
  • La antigüedad máxima para operar es de 15 años en todo el país. Antes, en la Región Metropolitana el límite era de 12 años.
  • La cilindrada mínima se mantiene solo para los taxis colectivos. Al eliminarla para el resto, se facilita la incorporación de vehículos eléctricos, que no tienen cilindrada.
  • Un taxi puede transportar como máximo 9 personas, incluido el conductor. Antes el límite era de 5.

Son cambios que pueden abrir nuevas oportunidades para quienes trabajan en el rubro. Eso sí, según el mismo decreto, la inscripción de nuevos taxis sigue suspendida hasta 2030, salvo los concursos que autoriza el Ministerio de Transportes.

¿Qué exige el Decreto 80 para trasladar trabajadores o hacer viajes turísticos?

El Decreto Supremo 80 de 2004 es el reglamento del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que regula el transporte privado remunerado de pasajeros, como el traslado de trabajadores o los viajes turísticos privados. Esta normativa establece exigencias de autorización, operación y seguridad. Por ejemplo, el servicio se inscribe en la Seremi de Transportes de la región y los vehículos deben cumplir los requisitos técnicos del decreto.

Pero hay un requisito que muchas veces pasa inadvertido: el seguro obligatorio para quienes conducen. El artículo 23 del DS 80 fija estos montos mínimos de cobertura, según la ficha del trámite en ChileAtiende:

Riesgo cubierto Monto mínimo
Muerte natural o accidente laboral 600 UF
Invalidez total o permanente 400 UF
Muerte por un acto delictual 600 UF
Desmembramiento 600 UF

Y no basta con contratar cualquier póliza: debe cumplir las condiciones exigidas por la normativa. La póliza debe incluir, al menos, las condiciones de los modelos depositados en la CMF que indica el trámite, y quien es responsable del servicio debe mantenerla vigente en todo momento. Si quieres ver qué antecedentes pide la autorización del DS 80 y qué otros seguros usa el rubro, revisa nuestra guía de seguros para transporte de pasajeros.

¿Ya está vigente la Ley Uber?

La Ley 21.553, conocida como Ley Uber, regula las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que se prestan a través de ellas. Se publicó en el Diario Oficial el 19 de abril de 2023, pero su entrada en vigencia depende de la publicación de su reglamento.

Entre otras cosas, la ley crea un registro electrónico a cargo de la Subsecretaría de Transportes, dividido por regiones, con las empresas de aplicación, sus conductores habilitados y los vehículos adscritos.

A octubre de 2026, ese reglamento sigue pendiente, por lo que la ley todavía no rige.

Por eso, es importante distinguir entre las obligaciones que ya existen y aquellas que comenzarán a exigirse cuando la ley entre en vigencia.

¿Tener SOAP significa estar completamente protegido?

No. El SOAP cubre a las personas, no a los vehículos, y no reemplaza los seguros que exige cada actividad.

El SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales) es el seguro que exige la Ley 18.490 a todo vehículo motorizado para circular. Su protección está orientada a las lesiones corporales y fallecimientos derivados de accidentes de tránsito, dentro de los límites establecidos por esa ley.

No cubre daños materiales ni reemplaza los seguros adicionales que puede exigir cada actividad. Por ejemplo, el Decreto 80 contempla un seguro específico para conductores. Si transportas pasajeros, revisa las condiciones del SOAP para transporte de pasajeros.

¿Qué seguros necesitas según el servicio que prestas?

No todos los transportistas necesitan lo mismo. Las exigencias dependen del servicio que prestas, del vehículo que utilizas y de la normativa que regula tu actividad.

Antes de tu próxima renovación, hazte estas tres preguntas:

  1. ¿Sé exactamente qué decreto regula el servicio que presto?
  2. ¿Mi seguro cumple con las coberturas mínimas que exige esa normativa, o solo tengo el SOAP?
  3. ¿Estoy preparado para lo que cambie cuando entre en vigencia la Ley Uber?

En VidaConductor, la marca de Probenefit para el sector transporte, acompañamos a conductores, propietarios de vehículos y empresas de transporte para que puedan identificar los seguros que exige su operación. Probenefit es una corredora de seguros regulada por la CMF. Si alguna respuesta te dejó con dudas, revisa el Seguro Vida Conductor o habla con un asesor.

Preguntas frecuentes

¿Qué decreto regula el transporte de trabajadores en Chile?

El Decreto Supremo 80 de 2004, que establece exigencias de autorización, operación y seguridad, incluido un seguro obligatorio para quienes conducen.

¿Qué cambió para los taxis en 2026?

El Decreto 94 modificó el DS 212: los vehículos pueden tener hasta 5 años para su primera inscripción, la antigüedad máxima es de 15 años en todo el país, la cilindrada mínima se mantiene solo para los colectivos y un taxi puede llevar como máximo 9 personas, incluido el conductor.

¿Ya está vigente la Ley Uber?

No. La Ley 21.553 se publicó en 2023, pero su entrada en vigencia depende de su reglamento, que a octubre de 2026 sigue pendiente.

¿El SOAP es suficiente para transportar pasajeros?

No. El SOAP cubre lesiones y fallecimientos por accidentes de tránsito dentro de los límites de la Ley 18.490, pero no cubre daños materiales ni reemplaza los seguros adicionales que exige cada actividad, como el seguro para conductores del DS 80.

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