Valores 2026
(vigencia desde 1/6/26 al 31/5/27)
| Taxis y Minibuses | Precio |
|---|---|
| Taxi Básico | $21.840 |
| Taxi Ejecutivo | $19.920 |
| Taxi Turismo | $19.920 |
| St. Wagon T. Pasajero | $19.920 |
| Minibús Turismo | $24.470 |
| Minibús Particular | $24.220 |
| Minibús T. Pasajeros | $24.220 |
| Buses | Precio |
|---|---|
| Bus Rural | $104.260 |
| Bus Particular | $69.440 |
| Bus Turismo | $69.690 |
| Bus Escolar | $69.440 |
| Bus T. Pasajeros | $69.440 |
SEGUROS SURA
(vigencia desde 1/6/26 al 31/5/27)
| Taxis y Minibuses | Precio |
|---|---|
| Taxi Básico | $22.900 |
| Taxi Colectivo | $25.900 |
| Taxi Ejecutivo | $22.900 |
| Taxi Turismo | $25.900 |
| Minibús Turismo | $27.000 |
| Minibús Particular | $27.000 |
| Minibús Escolar | $23.400 |
SEGUROS HDI
(vigencia desde 1/6/26 al 31/5/27)
| Taxis y Minibuses | Precio |
|---|---|
| Taxi Básico | $21.840 |
| Taxi Ejecutivo | $19.920 |
| Taxi Turismo | $19.920 |
| St. Wagon T. Pasajero | $19.920 |
| Minibús Turismo | $24.470 |
| Minibús Particular | $24.220 |
| Minibús T. Pasajeros | $24.220 |
| Buses | Precio |
|---|---|
| Bus Rural | $104.260 |
| Bus Particular | $69.440 |
| Bus Turismo | $69.690 |
| Bus Escolar | $69.440 |
| Bus T. Pasajeros | $69.440 |
Todo lo que quieres saber
El SOAP o Seguro Obligatorio de Accidentes Personales es un requisito legal establecido por la Ley N° 18.490. Su fin es cubrir los riesgos de muerte y lesiones corporales que sean consecuencia directa de accidentes en los que intervenga el vehículo asegurado.
Sin este seguro, no se puede obtener el Permiso de Circulación ni transitar legalmente.
A partir de la reforma de 2026, los montos se duplicaron para ofrecer mayor protección. Las coberturas actuales son:
- Muerte a causa de accidente de tránsito: UF 600.
- Incapacidad Permanente Parcial, según su grado hasta UF 400.
- Incapacidad Permanente Total UF 400.
- Gastos Médicos Hospitalarios hasta UF 600.
El seguro protege a todas las personas involucradas en un siniestro, sin importar quién tenga la culpa:
Al conductor del vehículo.
A todos los pasajeros transportados.
A cualquier tercero afectado (peatones, ciclistas o personas en otros vehículos).
No. El SOAP es un seguro de personas, no de bienes. La Ley N° 18.490 es clara al señalar que solo cubre lesiones y muerte. Para daños materiales, el dueño del vehículo de transporte debe contratar seguros complementarios o responder bajo las normas del Código de Comercio.
La cobertura de 600 UF abarca:
Atención prehospitalaria y transporte de emergencia.
Hospitalización, cirugías e insumos farmacéuticos.
Rehabilitación física y prótesis.
Atención dental básica derivada del accidente.
Además de ser una infracción a la Ley de Tránsito, en caso de accidente, el propietario y el conductor son solidariamente responsables de todos los daños causados a las personas. Además, el vehículo puede ser retirado de circulación por Carabineros de Chile.
El riesgo es cubierto por Seguros Generales Suramericana S.A. o Hdi Seguros S.A., según las condiciones generales incorporadas al Depósito de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) bajo el código POL 320260028. Intermedia Probenefit Corredores de Seguros Ltda.“
No cubre cuando el accidente:
El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales causado por Vehículos Motorizados, más conocido como SOAP, está regulado por la Ley 18.490.
Sus coberturas se rigen por las Condiciones Generales incorporadas al Depósito de la Comisión para el Mercado Financiero, CMF, bajo el código POL 320260028.
El riesgo es cubierto por Seguros Generales Suramericana S.A. o Hdi Seguros S.A.
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